Sentencias judiciales por ataque de can
Preocupante estadística II
Preocupante estadísticaRelación de titulares
Queremos y somos amigos
de los animales
de los animales
Pero más queremos
a los humanos
a los humanos
Protejámonos
Las autoridades
deben cumplir con la
Ley 27596
Que Regula el
Régimen Jurídico de Canes
deben cumplir con la
Ley 27596
Que Regula el
Régimen Jurídico de Canes
No esperemos ser
la próxima victima
la próxima victima
30/04/2007 GMT 1
Sentencias judiciales por ataque de can
Un caso ocurrido en el vecino país de Chile; publicado en el Diario El Líder de San Antonio .
En nuestro país, debemos exigir a nuestras autoridades cumplir con la Ley 27596
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Lunes 15 de enero de 2007Dueña de perro pitbull que atacó a niña deberá pagar indemnización de dos millones de pesos Al pago de una indemnización de 2 millones de pesos fue sentenciada la dueña de un perro pitbull que atacó y provocó lesiones graves a una niña de cuatro años en el sector de Las Cruces, comuna de El Tabo.La agresión del can se produjo hace tres años y afectó a la menor Carolina Medina Vargas, quien justo celebraba su cumpleaños en el balneario crucino. perro suelto Testigos del dramático episodio señalaron que el perro se encontraba suelto en el antejardín de la casa de sus dueños, desde donde saltó la reja y corrió en dirección a un grupo de niños que jugaban en una cancha de fútbol. Tras atacar a varios de los niños, el can literalmente se ensañó con la pequeña Carolina, quien resultó con heridas de carácter grave en su rostro y extremidades. primer fallo El padre de la víctima, Rodrigo Medina Pinto, interpuso una demanda en contra de Marcela Miranda Fuentes, propietaria del perro pitbull y posteriormente, en juicio simplificado realizado en el Tribunal de Garantía de San Antonio, Miranda fue condenada como autora de cuasidelito de lesiones con heridas permanentes, debiendo pagar una multa de tres U.T.M. segundo fallo Este fallo dio paso a una segunda demanda por daños y perjuicios presentada en el Primer Juzgado de Letras de San Antonio y el recién pasado 10 de enero fue dado a conocer el fallo. Por daños físicos la dueña del pitbull debe pagar 18 mil pesos y por daños morales 2 millones de pesos. Dicha sentencia no dejó del todo conforme al padre de Carolina, quien anunció que en transcurso de esta semana presentará un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones. "No se tomaron en cuenta los perjuicios directos recibidos físicamente por mi hija, sólo se tomaron en consideración los daños morales. No se consideraron los gastos médicos, traslados y cirugías, lo que asciende a cinco millones de pesos", dijo con indignación Rodrigo Medina |
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Preocupante estadística II
El Ministerio de Salud en la fecha en una nota de prensa que reproducimos a continuación, esta dando a conocer la alarmante estadística sobre las mordeduras de perros a nivel nacional; sin embargo, omite considerar las mordeduras de perros que ocasionaron la muerte de dos personas que indicaba en su informe publicado en noviembre del año pasado.Lo preocupante y lo que todos los ciudadanos nos preguntamos es ¿porqué las autoridades no cumplen con lo dispuesto en la Ley 27596?, para evitar que el número de ataques siga aumentando sin que nadie asuma la responsabilidad que le corresponde de acuerdo a Ley ¿O esperan que haya un nuevo ataque de los canes con consecuencia fatales?
Lima, Junín y Arequipa son los departamentos
que reportan más mordeduras
EN 2006 SE REPORTÓ CERCA DE 66 MIL AFECTADOS POR MORDEDURA DE CANES
Las heridas más dramáticas se dan en el rostro y existe riesgo de transmisión de la rabia
Durante el 2006, el Ministerio de Salud (Minsa) recibió el reporte de 65 mil 782 personas afectadas por mordeduras de canes, mil 782 accidentes más que los reportados en el 2005, pues en dicho año se registraron cerca de 64 mil, así lo informó la Dra. Ana María Navarro Vela, coordinadora del componente de zoonosis del Minsa.
La especialista indicó que del total de personas afectadas solo el 22 por ciento inició tratamiento antirrábico por haber estado expuesto al virus de la rabia o por haber sido mordido por un animal que no pudo ser identificado, mientras que el porcentaje restante no recibió tratamiento alguno debido a que el can agresor tenía la vacuna antirrábica.Lima es el departamento que registró el mayor número de accidentes de mordedura, pues según las estadísticas solo en la capital fueron 21 mil 635 personas las afectadas por la agresión de los canes, lo cual representa el 66 por ciento del total de incidentes de este tipo que se registra en nuestro país.
Junín es el segundo departamento con mayor mordeduras, pues en sus establecimiento de salud se registraron durante el año pasado un total de 3 mil 828 accidentes. Del mismo modo, Arequipa registró 3 mil 670 personas mordidas. Cada una de estas regiones representa el seis por ciento de los accidentes registrados en el país.
Según la especialista las zonas más afectadas son las ciudades con mayor densidad poblacional y, consecuentemente, con mayor densidad de canes.
La población canina varía de acuerdo a cada lugar. Así por ejemplo en Lima, en el distrito de San Juan de Lurigancho, el promedio es de un perro por cada seis personas, mientras que en San Isidro la cifra es de un can por cada 16 personas. En los tres departamentos que concentra el mayor número de mordeduras el estimado es de un perro por cada 8 personas.
La especialista precisó además que el mayor porcentaje de lesiones por mordeduras se presenta en piernas y brazos. Sólo el nueve por ciento de los accidentes de mordedura corresponden a lesiones en cara, cabeza, cuello y dedos de la mano.
Sin embargo, las heridas más dramáticas se dan en el rostro, pero enfatizó que el mayor peligro de una mordedura no es la parte estética sino el riesgo de transmisión de la rabia, enfermedad que en el hombre es mortal.
Para evitar el contagio de la rabia se recomienda cumplir con tres medidas básicas. Ante cualquier mordedura lo primero que se debe hacer es lavar la herida con agua y jabón, puesto que el líquido remueve el virus de la rabia y el desinfectante lo elimina. Luego se debe acudir al centro de salud más cercano para una revisión médica, donde el especialista determinará si es o no necesario iniciar el tratamiento antirrábico.
Por último, y de ser posible, se debe ubicar al animal mordedor para que el personal del Minsa lo observe a fin de comprobar o descartar la circulación del virus rábico.
El Ministerio de Salud recuerda a la población que en caso de necesitar cualquier consulta o duda puede comunicarse a la línea gratuita de Infosalud (0800-10828).
Asimismo, se invoca al público en general tener cuidado con las agresiones de los canes y de ocurrir algún accidente se solicita reportar la mordedura al establecimiento de salud más cercano para que el personal de salud determine el inicio o no del tratamiento antirrábico.
Lima, 29 de Abril del 2007
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23/04/2007 GMT 1
Preocupante estadística
22/04/2007 GMT 1
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Siempre debemos recorder
Esta obligado por Ley a tener un seguro por daños del can
Sus obligaciones como propietario de un Can, según la Ley
Esta obligado por Ley a tener un seguro por daños del can
Sus obligaciones como propietario de un Can, según la Ley
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